El Salvador- Linea base para la evaluación de flujos migratorios y seguimiento a la movilidad bajo el contexto de la COVID-19- #2 (Setiembre-Noviembre, 2020)

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Cecilia Ramirez cramirez@iom.int
Langue
Spanish
Emplacement
El Salvador
Période couverte
Sep 01 2020
Nov 30 2020
Activité
  • Flow Monitoring Survey
  • Flow Monitoring
  • Migrants presence
  • Baseline Assessment
  • Event Tracking

El 11 de marzo del 2020, y debido a los niveles alarmantes de propagación y gravedad del virus COVID-19, la Organización Mundial de la Salud (OMS) declaró estado de pandemia. El 14 de marzo el Gobierno de El Salvador decretó una cuarentena nacional por medio de la "Ley de Restricción Temporal de Derechos Constitucionales Concretos para Atender la Pandemia COVID-19" y además decretó estado de emergencia nacional, calamidad pública y desastre natural en todo el país.

Durante el trimestre de septiembre a noviembre, el Gobierno de El Salvador ha fortalecido la red pública de salud, equipando y reforzando los centros de salud, y creando un hospital para atender pacientes con la enfermedad. Se determinó la realización de pruebas masivas en diferentes lugares del territorio y entregando carnés de recuperados de SRAS-CoV-2. Para el 30 de noviembre de 2020, El Salvador contabilizaba 39.130 casos positivos, no se cuenta con el dato de las defunciones.

A su vez se da la reapertura económica nacional total, dado que la Sala Constitucional, de la  Corte  Suprema  de  Justicia,  declaró  constitucional  el  Decreto  Legislativo  661,  que  contiene la Ley Especial de Emergencia por la Pandemia COVID-19, Atención Integral de la Vida,  la  Salud  y  Reapertura  de  la  Economía.  Este decreto  tiene  por  objeto  establecer  disposiciones para la atención integral de la vida y la salud en el marco de la pandemia por COVID-19,  y  el  establecimiento  de  medidas  para  garantizar  el  derecho  al  trabajo,  que  permitan la reanudación gradual de las actividades laborales, económicas y administrativas, en el sector público y privado, en el marco del respeto a la institucionalidad democrática y a los derechos humanos.

Sin  embargo,  bajo  directriz  gubernamental,  se  debe  continuar  con  los  protocolos  de  bioseguridad, hacer uso de la mascarilla; lavarse las manos con regularidad; tomar mínimo dos metros de distancia entre personas; compartir dentro de las vivienda con el cluster o burbuja social de no más de 10 personas y salir solo cuando sea estrictamente necesario; así como  cumplir  los  protocolos  de  bioseguridad  que  se  implementen  tanto  en  el  lugar  de  trabajo como en cualquier otro espacio.

En relación con la apertura de fronteras terrestres y aéreas, desde el 21 de septiembre de 2020 todos los viajeros que deseen ingresar a El Salvador deben presentar la prueba PCR de SRAS-CoV-2 negativa a su arribo, esto luego de un cierre parcial, desde marzo pasado, donde  se  impidió  el  ingreso  a  personas  extranjeras,  a  causa  de  la  pandemia.  La  prueba  deberá  haber  sido  realizada  con  un  máximo  de  72  horas  de  anticipación  a  su  llegada  a  El Salvador.

A raíz de esta situación, la OIM indagar sobre el impacto en la movilidad en los flujos migratorios irregulares y el seguimiento a la movilidad de aquellas personas que han quedado varadas en las fronteras de El Salvador.  Por lo que se realizó este estudio, con el fin de generar líneas de base para comprender las necesidades existentes en los puntos de entrada oficiales y no oficiales, a fin de aportar insumos para orientar las acciones a realizar por los organismos de protección a nivel interinstitucional, los gobiernos locales, los paneles transfronterizos y el personal de campo de la OIM.