Republica Dominicana-Encuesta de Monitoreo de Flujos Migratorios de Habitantes Transfronterizos, Agosto 2021

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Contacto
Santo Miguel Roman saroman@iom.int
Idioma
Spanish
Ubicación
Dominican Republic
Fecha de instantánea
Aug 01 2021
Aug 31 2021
Actividad
  • Survey
  • Flow Monitoring

La frontera entre la República Dominicana y Haití históricamente se ha caracterizado por poseer una dinámica comercial trasfronteriza, esto debido al intercambio de distintas mercancías y del abastecimiento de mercados bajo una dirección, con un mayor flujo de mercancías hacia Haití. A nivel fronterizo se han destacado las ciudades dominicanas de Dajabón, Comendador de Elías Piña, Pedernales y Jimaní, en las cuales se ubican los puntos oficiales de ingreso y tránsito de la República Dominicana.

Mas allá del intercambio comercial, la población haitiana también se ve atraída por la oferta de servicios existentes en territorio dominicano. Esto provoca que exista un flujo migratorio constante y permanente. La Organización Internacional para las Migraciones (OIM) contabilizó al menos 37.287 movimientos de personas haitianas ingresando a la Republica Dominicana durante las primeras semanas de noviembre de 2020 (OIM, 2020), y más de 25.000 movimientos durante el mes de agosto de 2021 (OIM, 2021), lo que evidencia que es un flujo continuo de personas.

No obstante, la movilización transfronteriza de personas haitianas es recurrente, y está representada por personas de poblados haitianos. Parte de estos movimientos se dan de manera irregular a pesar de que se utilizan puntos oficiales de ingreso, esto se debe a que existe arraigo territorial y el tipo de movimiento es temporal, así como que en la Ley General de Migración 285-04 existe la categoría migratoria del habitante fronterizo, si bien aún no se ha puesto en ejecución. Sin embargo, ante esta inconsistencia, la población haitiana que migra bajo este método representa una población migrante irregular en territorio dominicano, lo cual conlleva a que posea un perfil de vulnerabilidad y que sea propensa a los retornos no voluntarios[1].

Por ende, la OIM buscó apoyar al Gobierno de la República Dominicana en el estudio de los flujos de personas habitantes fronterizas que entran a la República Dominicana, realizando una cuantificación y categorización de estas para ponderar la factibilidad de la implementación de la subcategoría del Habitante Fronterizo. Por esto se hizo necesario contar con datos que justifiquen la necesidad de la implementación de esta categoría migratoria como evidencia del conocimiento empírico que existe en torno al flujo de personas habitantes fronterizas.

 

[1] En la República Dominicana, la ley las llama Deportaciones o No Admisiones, esta última es cuando las personas son capturadas en la zona de frontera sin poseer la documentación de rigor, o cuando son detenidas en camino al interior del país.